Justicia · 10 julio 2014 · Aprobada
Nombre oficial: Proyecto de Ley Orgánica, complementaria de la Ley de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Tipo de votación: Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas. Sesión 199, votación 7.
Ver el acta oficial de las votaciones de ese día en el Congreso →
Esta ley modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial para adecuarla a los mecanismos de cooperación penal dentro de la Unión Europea. Su propósito es regular las competencias de los órganos judiciales españoles en la transmisión y ejecución de resoluciones penales comunitarias. Con ello se facilita el cumplimiento de sentencias, órdenes de detención o medidas cautelares entre países miembros.
Este resumen lo ha redactado una IA a partir del título oficial de la votación. Los números, la fecha y el voto de cada diputado son datos oficiales del Congreso.
PP
G.P. Popular
PSOE
G.P. Socialista
CiU
G.P. Catalán (Convergència i Unió)
IU-ICV
G.P. IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural
Mixto
G.P. Mixto
UPyD
G.P. Unión Progreso y Democracia
PNV
G.P. Vasco (EAJ-PNV)
funcionarios
Si trabajas en la administración de justicia como juez, fiscal o letrado, contarás con un marco normativo claro para tramitar órdenes y resoluciones penales de otros Estados miembros.
personas migrantes
Si resides en España o te encuentras en un proceso penal transfronterizo, los trámites de reconocimiento de penas o medidas entre países de la UE se aplicarán de forma más rápida y homogénea.
Análisis generado por IA. Es una interpretación, no una declaración oficial.
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