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Derechos25 junio 2026Aprobada

Penalización de terapias de conversión

Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para penalizar las terapias de conversión dirigidas a eliminar o negar la orientación sexual, identidad sexual o expresión de género.

Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas · sesión 191 · votación nº 22

Ver el acta oficial de las votaciones de ese día en el Congreso →

Esta ley modifica el Código Penal para tipificar como delito las terapias que buscan modificar, reprimir o anular la orientación sexual, identidad de género o expresión de género. Establece penas de prisión, multas e inhabilitaciones profesionales para quienes las practiquen o promuevan, incluso con el consentimiento de la víctima. Además, refuerza las medidas de protección y asistencia para las personas afectadas por estas prácticas.

Comparte esta votación en una imagen vertical para WhatsApp o stories: resultado, qué votó cada partido y a quién afecta.

Qué establece

  • Tipificación en el Código Penal de la práctica, promoción o facilitación de terapias dirigidas a modificar la orientación o identidad sexual.
  • Imposición de penas de prisión, multas e inhabilitación especial para el ejercicio de profesiones sanitarias, educativas o de tutela.
  • Consideración como agravante de la condición de menor de edad o persona en situación de vulnerabilidad de la víctima.
  • Nulidad de cualquier consentimiento prestado por la víctima a someterse a estos procedimientos.

Texto oficial

Aprobada en el Congreso · puede seguir en tramitaciónBuscar el texto en el Boletín de las Cortes (congreso.es) ↗

El Boletín Oficial de las Cortes Generales publica los textos mientras se tramitan. Una ley aprobada aquí puede tener que pasar aún por el Senado.

El resultado

178

Sí

32

No

138

Abstención

2

No vota

PP137 dip.Abstención

Mantuvo la abstención señalando dudas sobre la técnica jurídica y el encaje penal, pese a compartir el rechazo a prácticas lesivas. · Posición histórica en la materia

PSOE121 dip.Sí

Defiende la tipificación penal para erradicar prácticas que vulneran la integridad, dignidad y derechos fundamentales de las personas LGTBI. · Posición histórica en la materia

VOX32 dip.No

Se opone al considerar que la norma vulnera la libertad individual, la patria potestad y la libertad de conciencia o religiosa. · Posición histórica en la materia

SUMAR26 dip.Sí

Promueve la prohibición y sanción penal estricta de cualquier terapia que atente contra la diversidad sexual y de género. · Programa electoral

Mixto9 dip.Sí

Votó mayoritariamente a favor conforme a las posiciones favorables a los derechos LGTBI de la mayoría de sus formaciones. · Posición histórica en la materia

Por partido dentro del Grupo Mixto

  • Podemos: 4 sí
  • UPN: 1 abstención
  • Compromís: 1 sí
  • Sin partido identificado: 1 no vota
  • BNG: 1 sí
  • Coalición Canaria: 1 sí
ERC7 dip.Sí

Apoya la vía penal para garantizar la protección integral del colectivo LGTBI frente a conductas discriminatorias y coercitivas. · Posición histórica en la materia

Junts7 dip.Sí

Respalda la iniciativa legislativa para perseguir y erradicar prácticas que atentan contra la orientación e identidad sexual. · Posición histórica en la materia

EH Bildu6 dip.Sí

Defiende la penalización de estas prácticas por considerar que vulneran los derechos humanos y la libre determinación de la identidad. · Posición histórica en la materia

PNV5 dip.Sí

Vota a favor para proteger la dignidad personal y sancionar terapias incompatibles con los derechos del colectivo LGTBI. · Posición histórica en la materia

Las frases entrecomilladas son declaraciones textuales de cada grupo en el debate, con enlace a la fuente. El resto de motivos son una interpretación generada con IA a partir de posiciones públicas conocidas, no una declaración oficial de su voto.

Quién no votó

No votar no es abstenerse: el diputado no participó en esta votación. El acta oficial no recoge el motivo (puede ser baja, viaje oficial, sustitución o delegación).

Qué cambia según tu situación

Para cada perfil, qué cambia y en qué casos puede venir bien o suponer un coste. No decimos si te conviene: depende de tu situación. Redactado con IA a partir de la norma.

Qué cambia para

personas LGTBIQ+

Si eres LGTBIQ+, la propuesta penaliza la práctica, promoción o facilitación de terapias dirigidas a modificar, reprimir o anular tu orientación sexual, identidad o expresión de género, aunque hayas dado tu consentimiento.

Puede venirte bien

  • · Si te someten a estas prácticas, su tipificación como delito permite perseguir penalmente a quienes las realizan, promueven o facilitan.
  • · Si has pasado por estos procedimientos, la propuesta refuerza las medidas de protección y asistencia para las personas afectadas.

Puede suponerte un coste

  • · Si quieres someterte a estos procedimientos, tu consentimiento no permite que se realicen legalmente: quien los practique puede recibir sanciones penales.

Qué cambia para

jóvenes

Si eres menor de edad o estás en situación de vulnerabilidad, la propuesta considera esa circunstancia un agravante del delito cuando te someten a estas terapias.

Puede venirte bien

  • · Si eres menor y te aplican estas prácticas, tu edad agrava la responsabilidad penal de quien las realiza.
  • · Si has dado tu consentimiento, este no excluye el delito, por lo que puedes acceder a la protección prevista para las personas afectadas.

Puede suponerte un coste

  • · Si quieres acceder a estas prácticas, no pueden realizarse legalmente aunque las solicites y des tu consentimiento.

Qué cambia para

estudiantes

Si eres estudiante, la propuesta penaliza estas prácticas también en tu entorno educativo y prevé la inhabilitación especial para ejercer profesiones educativas.

Puede venirte bien

  • · Si alguien realiza, promueve o facilita estas terapias en tu entorno educativo, esa conducta puede perseguirse penalmente.
  • · Si quien las realiza ejerce una profesión educativa, la inhabilitación puede impedir que siga ejerciéndola.

Puede suponerte un coste

  • · Si necesitas la asistencia prevista por haber sufrido estas prácticas, prestarla requiere recursos públicos para su financiación y gestión.

Qué cambia para

familias con hijos

Si tienes hijos, la propuesta penaliza la práctica, promoción o facilitación de estas terapias y agrava el delito cuando la persona afectada es menor o está en situación de vulnerabilidad.

Puede venirte bien

  • · Si someten a tu hijo menor a estas prácticas, su edad constituye un agravante para quien comete el delito.
  • · Si tu hijo ha aceptado someterse a estos procedimientos, ese consentimiento no elimina la responsabilidad penal de quienes los realizan.

Puede suponerte un coste

  • · Si promueves o facilitas estas terapias para tu hijo, puedes incurrir en responsabilidad penal, aunque él haya dado su consentimiento.

Qué cambia para

mujeres

Si eres mujer y te someten a terapias dirigidas a modificar, reprimir o anular tu orientación sexual, identidad o expresión de género, la propuesta permite perseguir esas prácticas incluso si las habías consentido.

Puede venirte bien

  • · Si te aplican estas terapias, puedes acceder a las medidas de protección y asistencia previstas para las personas afectadas.
  • · Si además estás en situación de vulnerabilidad, esa circunstancia agrava la responsabilidad penal de quien comete el delito.

Puede suponerte un coste

  • · Si quieres someterte a estos procedimientos, tu consentimiento no permite que se realicen legalmente.
  • · Si necesitas la asistencia prevista, su prestación requiere recursos públicos para financiarla y gestionarla.

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Voto de cada diputado