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Impuestos20 mayo 2026Aprobada

Medidas tributarias de apoyo por la DANA

Real Decreto-ley 10/2026, de 28 de abril, por el que se aprueban medidas tributarias urgentes y otras medidas de apoyo en respuesta a los daños causados a las víctimas de siniestros de la DANA y otras situaciones de emergencia.

Convalidación o derogación de Reales Decretos-leyes · sesión 180 · votación nº 12

Ver el acta oficial de las votaciones de ese día en el Congreso →

Este decreto-ley establece beneficios fiscales y mecanismos de apoyo económico para personas y entidades afectadas por la DANA y otras catástrofes. La norma incluye exenciones en impuestos locales y facilidades en el pago de tributos estatales para aliviar el impacto de las pérdidas materiales.

Comparte esta votación en una imagen vertical para WhatsApp o stories: resultado, qué votó cada partido y a quién afecta.

Qué establece

  • Exención de cuotas de impuestos locales como el IBI para inmuebles dañados y el IAE para actividades paralizadas.
  • Exención en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades para las ayudas públicas percibidas por daños personales o materiales.
  • Aplazamiento y fraccionamiento especial de deudas tributarias sin exigencia de garantías para los afectados.
  • Reducción de índices y módulos en el régimen de estimación objetiva de IRPF e IVA para sectores damnificados como la agricultura y el comercio.

Texto oficial

Convalidado · en vigorLeer el texto en el BOE ↗

El BOE conserva el texto aunque la norma ya no esté en vigor: fíjate en la etiqueta de estado.

El resultado

315

Sí

0

No

32

Abstención

3

No vota

PP137 dip.Sí

Apoyó la convalidación por considerar indispensables las rebajas fiscales y ayudas urgentes para los damnificados por la catástrofe. · Posición declarada del partido

PSOE121 dip.Sí

Impulsó y respaldó el decreto del Gobierno para aliviar la carga económica y fiscal de los afectados por las emergencias. · Posición declarada del partido

VOX32 dip.Abstención

Se abstuvo al considerar insuficientes las medidas y criticar la gestión global del Ejecutivo, pese a no oponerse a las ayudas. · Posición declarada del partido

SUMAR26 dip.Sí

Votó a favor como socio de Gobierno para garantizar la protección social y económica inmediata a las víctimas de la DANA. · Posición declarada del partido

Mixto9 dip.Sí

Respaldó las medidas económicas y fiscales urgentes orientadas a mitigar los daños sufridos por la población afectada. · Posición histórica en la materia

Por partido dentro del Grupo Mixto

  • Podemos: 4 sí
  • UPN: 1 sí
  • Compromís: 1 sí
  • Sin partido identificado: 1 abstención
  • BNG: 1 sí
  • Coalición Canaria: 1 sí
ERC7 dip.Sí

Respaldó el decreto para facilitar la reconstrucción y la asistencia económica directa a las familias y entidades afectadas. · Posición histórica en la materia

Junts7 dip.Sí

Apoyó la iniciativa para asegurar la llegada de beneficios fiscales e indemnizaciones a los afectados por el temporal. · Posición histórica en la materia

EH Bildu6 dip.Sí

Votó a favor en coherencia con su apoyo a medidas de protección social y alivio económico frente a emergencias. · Posición histórica en la materia

PNV5 dip.Sí

Apoyó las exenciones y ayudas fiscales a los damnificados dentro de su línea de respaldo a medidas ante catástrofes. · Posición histórica en la materia

Las frases entrecomilladas son declaraciones textuales de cada grupo en el debate, con enlace a la fuente. El resto de motivos son una interpretación generada con IA a partir de posiciones públicas conocidas, no una declaración oficial de su voto.

Quién no votó

No votar no es abstenerse: el diputado no participó en esta votación. El acta oficial no recoge el motivo (puede ser baja, viaje oficial, sustitución o delegación).

Qué cambia según tu situación

Para cada perfil, qué cambia y en qué casos puede venir bien o suponer un coste. No decimos si te conviene: depende de tu situación. Redactado con IA a partir de la norma.

Se votó en bloque. Un decreto-ley se convalida o se rechaza entero: no se puede votar cada medida por separado. Si incluye varias medidas, un voto en contra puede deberse a una sola de ellas y no significa rechazar las demás.

Qué cambia para

propietarios de vivienda

Si tienes una vivienda dañada, se establece la exención del IBI del inmueble y del IRPF de las ayudas públicas que recibas por daños personales o materiales.

Puede venirte bien

  • · Si tu vivienda está dañada, la exención del IBI elimina el pago de las cuotas incluidas en la medida.
  • · Si recibes una ayuda pública para reparar los daños, no tienes que destinar parte de esa ayuda a pagar IRPF por ella.

Puede suponerte un coste

  • · Si financias los servicios públicos con tus impuestos, estas exenciones suponen una menor recaudación para las administraciones.

Qué cambia para

autónomos

Si eres autónomo afectado, se prevén exenciones del IAE por actividades paralizadas, reducciones de módulos de IRPF e IVA para sectores damnificados y aplazamientos o fraccionamientos de deudas tributarias sin garantías.

Puede venirte bien

  • · Si tributas por módulos y tu sector está incluido, la reducción permite que pagues menos por ese régimen tras los daños.
  • · Si necesitas aplazar o fraccionar tus deudas tributarias, puedes distribuir los pagos sin aportar garantías.

Puede suponerte un coste

  • · Si aplazas o fraccionas una deuda tributaria, sigues teniendo que pagarla en los vencimientos que correspondan.
  • · Si financias el presupuesto público con tus impuestos, las exenciones y reducciones suponen menos recaudación, y los aplazamientos retrasan los ingresos.

Qué cambia para

agricultores

Si eres agricultor damnificado y tributas por módulos, se reducen los índices y módulos de IRPF e IVA y se eximen de tributación las ayudas públicas que recibas por daños personales o materiales.

Puede venirte bien

  • · Si tu explotación está afectada y tributas por módulos, la reducción disminuye la carga tributaria calculada por ese régimen.
  • · Si recibes ayudas públicas por daños en cultivos o instalaciones, esas ayudas quedan exentas en el IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades, según cómo tributes.

Puede suponerte un coste

  • · Si recurres al aplazamiento de deudas tributarias para afectados, pospones el pago, pero no se elimina la deuda.
  • · Si financias los servicios públicos con tus impuestos, las reducciones y exenciones implican una menor recaudación pública.

Qué cambia para

empresas

Si tu empresa está afectada, se establecen exenciones del IAE por actividades paralizadas y del Impuesto sobre Sociedades para ayudas públicas por daños, además de aplazamientos y fraccionamientos tributarios sin garantías.

Puede venirte bien

  • · Si tu actividad está paralizada y tienes cuotas de IAE incluidas en la medida, dejas de pagar esas cuotas.
  • · Si necesitas repartir el pago de una deuda tributaria, puedes fraccionarla sin aportar garantías y conservar fondos hasta los vencimientos.

Puede suponerte un coste

  • · Si aplazas o fraccionas tus deudas, tu empresa mantiene la obligación de pagarlas más adelante.
  • · Si financias el presupuesto público con tus impuestos, las exenciones reducen la recaudación y los aplazamientos retrasan la entrada de ingresos.

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Voto de cada diputado