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Trabajo9 septiembre 2025Aprobada

Ampliación del permiso de nacimiento

Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, mediante la modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo.

Convalidación o derogación de Reales Decretos-leyes · sesión 129 · votación nº 3

Ver el acta oficial de las votaciones de ese día en el Congreso →

Este real decreto-ley amplía y flexibiliza el permiso por nacimiento y cuidado de menores para progenitores y cuidadores. Modifica el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley General de la Seguridad Social. Con ello, completa la transposición de la directiva europea sobre conciliación de la vida familiar y laboral.

Comparte esta votación en una imagen vertical para WhatsApp o stories: resultado, qué votó cada partido y a quién afecta.

Qué establece

  • Ampliación del tiempo de permiso retribuido por nacimiento y cuidado de menores.
  • Modificación del Estatuto de los Trabajadores y del Estatuto Básico del Empleado Público para equiparar los nuevos derechos en el sector privado y público.
  • Actualización de las prestaciones y coberturas de la Seguridad Social correspondientes a los periodos de suspensión laboral por cuidados.
  • Transposición integral al ordenamiento español de la Directiva (UE) 2019/1158 sobre conciliación laboral y familiar.

Texto oficial

Convalidado · en vigorLeer el texto en el BOE ↗

El BOE conserva el texto aunque la norma ya no esté en vigor: fíjate en la etiqueta de estado.

El resultado

313

Sí

0

No

33

Abstención

4

No vota

PP136 dip.Sí

Apoya la transposición de la directiva europea y el avance en medidas de conciliación familiar y laboral para los trabajadores. · Posición histórica en la materia

PSOE120 dip.Sí

Promueve la norma desde el Gobierno para cumplir con los compromisos europeos y ampliar los derechos de conciliación y cuidado. · Programa electoral

VOX32 dip.Abstención
«Hoy nos traen ustedes este real decreto por imperativo europeo, acorralados por la sanción que nos han impuesto, no por voluntad propia. […] Aunque es bueno, esto no es suficiente y no va a solucionar el problema de conciliación de nuestras familias ni tampoco va a fomentar la natalidad. […] En lugar de los permisos obligatorios e intransferibles para los padres, queremos un permiso de maternidad lo más largo posible, de seis meses ininterrumpidos como mínimo, […] y que el coste de la maternidad no recaiga sobre las empresas.»
Ruiz Solás, en nombre del Grupo Parlamentario VOX · Diario de Sesiones del Congreso (DSCD-15-PL-134) · 9 septiembre 2025

Opta por la abstención al discrepar del enfoque del Gobierno sobre natalidad y del uso del real decreto-ley para la transposición. · Posición declarada del partido

SUMAR26 dip.Sí

Defiende la ampliación de los permisos retribuidos de cuidado como parte fundamental de su programa social y laboral de gobierno. · Programa electoral

Partidos dentro de este grupo

  • Chunta Aragonesista (CHA): 1 sí
Mixto10 dip.Sí

Por partido dentro del Grupo Mixto

  • Sin partido (antes PSOE): 1 sí
  • Podemos: 4 sí
  • UPN: 1 sí
  • Compromís: 1 sí
  • Sin partido identificado: 1 abstención
  • BNG: 1 sí
  • Coalición Canaria: 1 sí
ERC7 dip.Sí

Respalda la ampliación de los permisos por considerarla un avance necesario en los derechos sociales, laborales y de conciliación. · Posición histórica en la materia

Junts7 dip.Sí

Vota a favor al alinearse con la directiva europea de conciliación y la mejora de las coberturas para las familias y cuidadores. · Posición declarada del partido

EH Bildu6 dip.Sí

Apoya la medida al coincidir con su reivindicación de blindar y ampliar los derechos de cuidado y la protección social laboral. · Posición histórica en la materia

PNV5 dip.Sí

Vota a favor por considerar necesaria la adecuación a la normativa comunitaria sobre conciliación de la vida personal y laboral. · Posición histórica en la materia

Las frases entrecomilladas son declaraciones textuales de cada grupo en el debate, con enlace a la fuente. El resto de motivos son una interpretación generada con IA a partir de posiciones públicas conocidas, no una declaración oficial de su voto.

Quién no votó

No votar no es abstenerse: el diputado no participó en esta votación. El acta oficial no recoge el motivo (puede ser baja, viaje oficial, sustitución o delegación).

Qué cambia según tu situación

Para cada perfil, qué cambia y en qué casos puede venir bien o suponer un coste. No decimos si te conviene: depende de tu situación. Redactado con IA a partir de la norma.

Se votó en bloque. Un decreto-ley se convalida o se rechaza entero: no se puede votar cada medida por separado. Si incluye varias medidas, un voto en contra puede deberse a una sola de ellas y no significa rechazar las demás.

Qué cambia para

familias con hijos

Si tienes derecho al permiso por nacimiento y cuidado de menores, dispones de más tiempo retribuido y mayor flexibilidad para utilizarlo.

Puede venirte bien

  • · Si tienes un hijo y accedes al permiso, puedes dedicar más tiempo a su cuidado con cobertura económica.
  • · Si necesitas organizar los cuidados familiares, la mayor flexibilidad del permiso te permite ajustar su uso.

Puede suponerte un coste

  • · Si financias el sistema público mediante impuestos o cotizaciones, la ampliación de los periodos cubiertos supone más gasto en prestaciones de la Seguridad Social.

Qué cambia para

asalariados

Si trabajas por cuenta ajena y tienes derecho al permiso, se amplía tu periodo retribuido por nacimiento y cuidado y se adapta su cobertura de la Seguridad Social.

Puede venirte bien

  • · Si necesitas dejar de trabajar temporalmente para cuidar a tu hijo, puedes hacerlo durante un periodo más largo con cobertura económica.
  • · Si necesitas distribuir los cuidados, la flexibilización del permiso te da más margen para organizar tus ausencias.

Puede suponerte un coste

  • · Si utilizas el permiso ampliado, tu empresa debe organizar la actividad durante una ausencia más larga.
  • · Si financias la Seguridad Social con tus cotizaciones, la ampliación requiere destinar más recursos públicos a estas prestaciones.

Qué cambia para

funcionarios

Si eres funcionario y tienes derecho al permiso, la modificación del Estatuto Básico del Empleado Público amplía tus derechos por nacimiento y cuidado en paralelo a los del sector privado.

Puede venirte bien

  • · Si tienes un hijo, puedes disponer de más tiempo de permiso retribuido para cuidarlo.
  • · Si necesitas organizar los cuidados, puedes acceder a la mayor flexibilidad prevista para el permiso.

Puede suponerte un coste

  • · Si utilizas el permiso ampliado, la Administración debe organizar el servicio durante tu ausencia más larga, y la cobertura económica requiere recursos públicos.

Qué cambia para

empresas

Si gestionas una empresa, debes aplicar la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado y la nueva regulación de las ausencias correspondientes.

Puede venirte bien

  • · Si una persona de tu plantilla accede a la prestación, la Seguridad Social cubre esa prestación durante el periodo reconocido, en lugar de recaer su pago en tu empresa.

Puede suponerte un coste

  • · Si alguien de tu plantilla utiliza el permiso ampliado, debes reorganizar el trabajo durante más tiempo.
  • · Si necesitas contratar una sustitución para mantener la actividad, debes asumir su coste y su gestión.

Qué cambia para

autónomos

Si trabajas por cuenta propia, la norma actualiza las prestaciones de la Seguridad Social por nacimiento y cuidado, aunque el resumen no concreta su alcance para tu régimen.

Puede venirte bien

  • · Si la ampliación de la prestación se aplica a tu cobertura como autónomo, puedes contar con apoyo económico durante más tiempo mientras cuidas a tu hijo.

Puede suponerte un coste

  • · Si dejas de atender tu actividad durante más tiempo para cuidar, puedes tener menos ingresos de esa actividad.
  • · Si accedes a un periodo adicional de prestación, su financiación requiere más recursos de la Seguridad Social.

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Voto de cada diputado