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Derechos23 julio 2024Aprobada

Ley de Paridad

Votación de conjunto del Proyecto de Ley Orgánica de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, por tener la misma carácter orgánico.

Enmiendas del Senado · sesión 56 · votación nº 68

Ver el acta oficial de las votaciones de ese día en el Congreso →

Esta ley establece la obligación de que ningún sexo tenga una presencia inferior al 40% en los principales órganos de toma de decisiones políticas, económicas y públicas. Afecta al Consejo de Ministros, a los consejos de administración de grandes empresas, a colegios profesionales y a tribunales de oposiciones.

Comparte esta votación en una imagen vertical para WhatsApp o stories: resultado, qué votó cada partido y a quién afecta.

Qué establece

  • Obliga a las empresas cotizadas y grandes entidades de interés público a tener al menos un 40% del sexo menos representado en sus consejos de administración.
  • Exige una presencia mínima del 40% de mujeres en el Consejo de Ministros, órganos constitucionales y candidaturas electorales mediante listas cremallera.
  • Impone el principio de representación equilibrada en colegios profesionales, jurados de premios públicos y tribunales de selección de empleo público.
  • Permite superar el 60% de representación femenina si favorece una mayor presencia de mujeres como medida de acción positiva.

Texto oficial

Aprobada en el Congreso · puede seguir en tramitaciónBuscar el texto en el Boletín de las Cortes (congreso.es) ↗

El Boletín Oficial de las Cortes Generales publica los textos mientras se tramitan. Una ley aprobada aquí puede tener que pasar aún por el Senado.

El resultado

178

Sí

171

No

0

Abstención

1

No vota

PP136 dip.No

El PP rechazó la norma argumentando que impone cuotas que menoscaban el mérito y la capacidad, además de criticar enmiendas ajenas introducidas en su tramitación. · Posición declarada del partido

PSOE120 dip.Sí

El PSOE impulsó la ley como parte de su agenda de igualdad para romper techos de cristal y asegurar la paridad en órganos de decisión públicos y privados. · Posición declarada del partido

VOX32 dip.No

Vox se opuso al considerar que las cuotas de género vulneran el principio constitucional de igualdad, mérito y capacidad. · Posición declarada del partido

SUMAR26 dip.Sí

Sumar respaldó la norma por considerarla un avance indispensable para lograr la igualdad efectiva y la representación paritaria en los centros de decisión. · Posición declarada del partido

Partidos dentro de este grupo

  • Chunta Aragonesista (CHA): 1 sí
Mixto10 dip.Sí

Por partido dentro del Grupo Mixto

  • Sin partido (antes PSOE): 1 sí
  • Podemos: 4 sí
  • UPN: 1 no
  • Compromís: 1 sí
  • Sin partido identificado: 1 no
  • BNG: 1 sí
  • Coalición Canaria: 1 sí
ERC7 dip.Sí

ERC apoyó la ley por coherencia con su agenda feminista y para consolidar la paridad obligatoria en instituciones y empresas. · Posición declarada del partido

Junts7 dip.Sí

Junts votó a favor tras incorporar enmiendas y por alinearse con el objetivo de fomentar una representación equilibrada de mujeres y hombres. · Posición declarada del partido

EH Bildu6 dip.Sí

EH Bildu votó a favor para apoyar medidas de paridad efectiva y avanzar en la erradicación de las brechas de género en puestos de responsabilidad. · Posición declarada del partido

PNV5 dip.Sí

El PNV apoyó la iniciativa tras acordar enmiendas de ajuste competencial y en coherencia con el impulso a la presencia equilibrada en órganos de decisión. · Posición declarada del partido

Las frases entrecomilladas son declaraciones textuales de cada grupo en el debate, con enlace a la fuente. El resto de motivos son una interpretación generada con IA a partir de posiciones públicas conocidas, no una declaración oficial de su voto.

Quién no votó

No votar no es abstenerse: el diputado no participó en esta votación. El acta oficial no recoge el motivo (puede ser baja, viaje oficial, sustitución o delegación).

Qué pasó después

polemica

Error técnico en la protección contra el despido

Durante la tramitación se eliminó por error la nulidad automática del despido para trabajadores con adaptaciones de jornada por conciliación, lo que obligó al Gobierno a tramitar una corrección posterior.

aplicacion

Entrada en vigor y calendarios progresivos

La Ley Orgánica 2/2024 fue publicada en el BOE en agosto de 2024, fijando plazos escalonados hasta 2028 para que las empresas y administraciones alcancen las cuotas exigidas.

Qué cambia según tu situación

Para cada perfil, qué cambia y en qué casos puede venir bien o suponer un coste. No decimos si te conviene: depende de tu situación. Redactado con IA a partir de la norma.

Qué cambia para

mujeres

Si eres mujer, la norma establece mínimos de representación en los órganos señalados y permite superar el 60% de presencia femenina como medida de acción positiva.

Puede venirte bien

  • · Si aspiras a un consejo de administración sujeto a la ley y las mujeres no alcanzan el 40%, su composición deberá ajustarse para incorporar más mujeres, aunque no se te garantiza un puesto.
  • · Si formas parte de una candidatura electoral, las listas cremallera exigen alternar mujeres y hombres, en lugar de concentrar a las mujeres al final.

Puede suponerte un coste

  • · Si participas en la organización de alguno de los órganos afectados, tendrás que comprobar su composición y adaptar la selección de integrantes a las reglas de representación.

Qué cambia para

empresas

Si diriges una empresa cotizada o una gran entidad de interés público, su consejo de administración deberá contar con al menos un 40% del sexo menos representado.

Puede venirte bien

  • · Si aspiras a entrar en uno de estos consejos y perteneces al sexo que no alcanza el mínimo, la obligación de ajustar su composición puede abrir opciones para tu incorporación.

Puede suponerte un coste

  • · Si tu consejo no cumple el mínimo, tendrás que adaptar su composición, lo que puede exigir procesos de búsqueda y selección.
  • · Si decides los nombramientos, tendrás que tener en cuenta la proporción de mujeres y hombres, además de los demás criterios de selección.

Qué cambia para

funcionarios

Si trabajas en el empleo público, los tribunales de selección deberán ajustarse al principio de representación equilibrada de mujeres y hombres.

Puede venirte bien

  • · Si puedes integrar un tribunal y tu sexo tiene una presencia insuficiente, la necesidad de equilibrarlo puede abrir opciones para que participes.

Puede suponerte un coste

  • · Si organizas tribunales de oposiciones, tendrás que comprobar su composición y ajustar las designaciones cuando no respeten el equilibrio exigido, con el trabajo administrativo que ello supone.

Qué cambia para

asalariados

Si trabajas por cuenta ajena en una empresa afectada, la norma regula la composición de su consejo de administración; las medidas descritas no establecen cambios en tu salario, tus permisos o tu protección frente al despido.

Puede venirte bien

  • · Si aspiras a formar parte del consejo de una empresa afectada y tu sexo no alcanza el 40%, la obligación de ajustar su composición puede abrir opciones de acceso, sin garantizarte un nombramiento.

Puede suponerte un coste

  • · Si trabajas en una empresa cuyo consejo debe adaptarse, la empresa tendrá que asumir las tareas de revisión y selección necesarias; el texto no indica que ese coste se traslade a tu salario.

Pregunta sobre esta ley

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Voto de cada diputado